Cambios en el uso de cookies a partir de 2024 | Fieldfisher
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Insight

Cambios en el uso de cookies a partir de 2024

La AEPD actualiza la Guía de uso de las Cookies para que la misma prevea las recientes directrices relacionadas con prácticas engañosas establecidas por el Comité Europeo de Protección de Datos en febrero de 2023.



NOVEDAD 1 - Inclusión del Botón “Rechazar Cookies" en el banner de Primera Capa

Deberá incorporarse un botón o mecanismo equivalente al botón de aceptar, con las palabras “Rechazar cookies”, “Rechazar” o textos similares, para rechazar el uso de cookies (salvo en respecto de las cookies exentas).

  • No se podrá dar al usuario la impresión de que tiene que aceptar obligatoriamente las cookies para navegar por el sitio web.
  • No se podrá empujar claramente al usuario a aceptar las cookies.
  • El color o contraste del texto y los botones (o mecanismos equivalentes) no podrán ser obviamente engañosos para los usuarios, de forma que lleven a un consentimiento involuntario.
  • No será válida la opción para rechazar las cookies en un color que no contrasta lo suficiente con el color del botón y no pueda leerse.

NOVEDAD 2 - Posibilidad de denegación de acceso al servicio en caso de rechazo a las cookies o el pay or consent

Como norma general los muros de cookies están prohibidos. No obstante, se puede impedir el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, si se cumplen los requisitos siguientes:

  1. Se informe adecuadamente al respecto al usuario.
  2. Se ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, que de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies.
  3. Los servicios de ambas alternativas deberán ser genuinamente equivalentes.
  4. No será válido que el servicio equivalente lo ofrezca una entidad ajena.

Aspecto objeto de análisis por el EDPB, para verificar su validez a la hora de obtener de un consentimiento libre, de acuerdo con el RGPD.

Qué hacer para evitar situaciones de riesgo

  • Revisa y audita el banner de Primera Capa de cookies (el anterior aspecto incluye la revisión de la plataforma de gestión de cookies que tengas contratada a un externo)
  • Pide a tus proveedores información sobre las opciones de las que disponen para trabajar de forma adecuada al criterio de la AEPD

  • En conjunto con las áreas de diseño web de tu empresa, implementa cambios en tu web que permitan cumplir con la norma manteniendo los ratios de conversión que tenías hasta ahora.

  • Mantén en constante revisión la información facilitada sobre el uso de cookies y verifica que no se implementan dark patterns.

Propuesta de nuevo cookie banner adaptado a los requisitos de la AEPD

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