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«La justicia continúa castigando los swaps, pero bajan las incidencias»

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La justicia española continúa castigando a la banca por la comercialización de «swaps» o coberturas financieras para evitar los efectos de una subida de los tipos de interés, si bien en el último año se redujeron un 20 % las sentencias de las Audiencias Provinciales por la menor incidencia.

Según el Observatorio de jurisprudencia de productos financieros complejos elaborado por el despacho de abogados Fieldfisher JAUSAS, tal disminución, que también ha repercutido en el porcentaje de éxito de los inversores (del 85,6 % al 67,5 %), se debe al hecho de que las entidades dejaron de lado esta oferta al comprobar que los «swaps» estaban siendo anulados por la justicia.

A tenor de los datos, desde 2012 se han sucedido más de 3.400 sentencias, en su mayoría favorables al cliente, acerca de un producto que originó un perjuicio medio de 250.000 euros.

La firma califica además de «muy remarcable» que el Tribunal Supremo haya duplicado los veredictos respecto al conjunto de productos estructurados, pasando de 79 a 158 en un solo año.

Una cifra «insólita» que supone la mitad de los recursos de casación vistos por la sala de lo Civil del alto tribunal, cuyo porcentaje global de resoluciones a favor de los inversores se encuentra en un 69,98 % (109 favorables de 158 procedimientos).

Por categorías, el 87,97 % correspondió a «swaps», de las cuales el 68 % dieron la razón al cliente, mientras que 13 son de participaciones preferentes (con un 92,3 % de éxito) y 6 a otros productos.

En opinión del socio de litigación bancaria de Fieldfisher JAUSAS, Jordi Ruiz de Villa, el que haya bajado el número de sentencias a favor del demandante también está vinculado a «un criterio restrictivo sobre la caducidad de la acción por anulabilidad».

Sin embargo, subraya el peso de la reciente doctrina del Supremo, dictada el pasado febrero, en la que modificó el plazo de caducidad a la hora de interponer acciones legales por vicio en el consentimiento, que pasa a iniciarse a partir de la fecha de vencimiento del «swap».

En su opinión, ello repercutirá en un «nuevo incremento en el número de reclamaciones y posiblemente en el porcentaje de éxito de las mismas».

Además, prevé para los próximos ejercicios un repunte de las causas en materia bancaria, tanto en vía civil como penal, debido a la «incipiente avalancha» por la resolución del Banco Popular. EFECOM