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Insight

Recuperación de IVA impagado sin cumplir los requisitos fijados por la Ley de IVA

Juan Osuna
03/11/2020

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Fieldfisher España

Para recuperar el IVA ingresado de una factura impagada por un cliente, tenemos a día de hoy que cumplir los requisitos del artículo 80 de la Ley del IVA. En los casos distintos de resoluciones judiciales o de procedimientos concursales, los requisitos para poder recuperar el IVA impagado son:

  • Que haya transcurrido un año (6 meses para pymes) sin obtener el pago.
  • Que se inste una reclamación judicial o notarial.
  • Que sean facturas emitidas a empresarios a efectos IVA o en caso de no serlos, que la factura sea superior a 300€ de base imponible.

Dentro de estos requisitos la gran parte de las empresas y profesionales son capaces de recuperar el IVA ingresado sin pago por el cliente, pero existe un porcentaje de empresarios que no consiguen recuperar el IVA o por incumplir los plazos por errores humanos o porque la factura emitida es inferior a 300€ de base imponible, habida cuenta que se mira factura a factura.

No obstante, el 23 de noviembre de 2017 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la sentencia Enzo Di Maura, concluyó que los Estados no pueden privar a los empresarios de recuperar las cuotas de IVA no cobradas porque atentaría contra el principio de neutralidad del propio impuesto.

A raíz de esta sentencia, varias empresas han instado la solicitud de devolución del IVA ingresado en Hacienda y no cobrado con el objetivo de que evitar la prescripción de los IVA no cobrados, con la esperanza de que el Gobierno, voluntariamente o forzado por la Unión Europea, adapte la redacción del artículo 80 de la Ley de IVA a la normativa comunitaria.

Este cambio legal puede beneficiar tanto a pequeños comercios que venden sin cobro inmediato, como sobre todo a grandes empresas que prestan servicios recurrentes de menos de 300€ de base y que cobran por domiciliación bancaria con el consiguiente riesgo de devolución de recibos. También el sector hostelero que obtiene más devoluciones de los cargos en tarjeta de los deseados.

Para intentar recuperar el dinero es imprescindible estudiar cada caso, analizar la viabilidad de proceder a solicitar rectificar las cuotas que no han sido cobradas e ingresadas en Hacienda y tomar las medidas necesarias.