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Los pactos en previsión de ruptura matrimonial

04/08/2015
¿Qué tienen en común Silvio Berlusconi, Rupert Murdoch, Mel Gibson o Amancio Ortega? Pues que además de ser destacados personajes públicos que han triunfado en sus respectivos ámbitos, también son famosos por haber protagonizado en su momento “el divorcio más caro de la historia”, desembolsando a sus ex mujeres cantidades millonarias para recuperar su soltería. Estos, cegados por el amor, contrajeron matrimonio sin prever las consecuencias de una posible ruptura, cuando po... ¿Qué tienen en común Silvio Berlusconi, Rupert Murdoch, Mel Gibson o Amancio Ortega? Pues que además de ser destacados personajes públicos que han triunfado en sus respectivos ámbitos, también son famosos por haber protagonizado en su momento “el divorcio más caro de la historia”, desembolsando a sus ex mujeres cantidades millonarias para recuperar su soltería. Estos, cegados por el amor, contrajeron matrimonio sin prever las consecuencias de una posible ruptura, cuando podían haber otorgado un acuerdo en previsión de ruptura. Gracias a los actores de Hollywood conocemos los acuerdos prematrimoniales que se otorgan con normalidad en Estados Unidos, como paso previo a la celebración del matrimonio y sin que ello sea considerado como una muestra de desconfianza o falta de amor. Desde el famoso caso Posner v. Posner, litigio seguido ante el Tribunal Supremo de Florida, que declaró que el divorcio sí que es un extremo sobre el que pueden negociar los futuros esposos, el resto de tribunales americanos empezaron a reconocer los acuerdos reguladores de una futura ruptura. Pues bien, muchas personas no lo saben pero, junto con los capítulos matrimoniales, en el ordenamiento jurídico catalán esta figura viene expresamente regulada con el nombre de “Pactos en previsión de una ruptura matrimonial”. Si bien ya existía en el Codi de Familia, la regulación del vigente artículo 231.20 del Código Civil de Cataluña, es mucho más detallada y reproduce de forma muy similar lo recogido en el parágrafo 7.05 de los PFD del American Law Institute, organización que trata de uniformar el derecho estatal americano. Para leer el artículo completo de nuestra abogada Estefanía Fernández, pinchar aquí.

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