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Acuerdos de techo máximo, modelo en auge

TRIBUNA. Los acuerdos de techo máximo de gasto obedecen a un cambio de paradigma que perdurará una vez superada la crisis Los acuerdos de techo máximo de gasto para la financiación de medicamentos se están erigiendo como una medida al alza que permite el acceso a fármacos innovadores para los pacientes. Además, contribuyen a la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, en la medida que permiten predecir el gasto farmacéutico para un determinado tratamiento. Sin ir má... TRIBUNA. Los acuerdos de techo máximo de gasto obedecen a un cambio de paradigma que perdurará una vez superada la crisis Los acuerdos de techo máximo de gasto para la financiación de medicamentos se están erigiendo como una medida al alza que permite el acceso a fármacos innovadores para los pacientes. Además, contribuyen a la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud, en la medida que permiten predecir el gasto farmacéutico para un determinado tratamiento. Sin ir más lejos, parecen la fórmula idónea para que los tratamientos para la hepatitis C puedan ser accesibles para la generalidad de los afectados. Dichos acuerdos ?al compartir la empresa ofertante el riesgo financiero que puede derivarse del suministro sin cargo de las unidades que excedan del techo acordado? se incardinan en los llamados acuerdos de riesgo compartido, fórmula a la que la Administración sanitaria está recurriendo con la finalidad de cuadrar presupuestos sin privar a los pacientes de medicamentos eficaces e innovadores. Actualmente, el marco legal ya permite la adopción de acuerdos de techo máximo a nivel estatal, si bien sería deseable una mayor concreción de los procedimientos y requisitos para la puesta en marcha del proceso. De hecho, ya existen más de una decena de experiencias en este sentido. Eso sí, los acuerdos deben ser respetuosos con la legalidad vigente y, en particular, no deben representar una barrera desproporcionada para la entrada en el mercado de competidores. En cualquier caso, es previsible que el uso de dicha fórmula vaya en aumento, y el legislador ?empezando con el nuevo Real Decreto sobre Precios y Financiación de medicamentos que está en preparación? sin duda afinará los instrumentos jurídicos para sacar el máximo partido. Los acuerdos de techo máximo adoptan en la actualidad la forma de resolución administrativa compleja, que se dicta en el marco del procedimiento de precio y financiación. A esa resolución se anexa el texto con las condiciones del acuerdo, regulándose con detalle el funcionamiento del comité mixto de seguimiento que asegura su ordenada implementación. VENTAJAS PARA LA INDUSTRIA Desde el punto de vista de la industria, se trata de una solución de compromiso con la Administración que no está exenta de ventajas. Dichos acuerdos permiten el acceso al mercado de terapias novedosas que de otra forma serían de difícil financiación en el contexto económico actual, al tiempo que ofrecen un marco predecible y no modifican el precio de referencia internacional del medicamento. También es cierto que para el laboratorio existen una serie de cautelas que conviene tener en cuenta a la hora de llegar a un eventual acuerdo con la Administración. Por poner algunos ejemplos, es recomendable mitigar el riesgo financiero inherente a este tipo de acuerdos a través de diferentes mecanismos como el establecimiento de unas desviaciones máximas del gasto pactado, así como un adecuado control sobre las ventas efectivamente realizadas y su cómputo. Esto es relevante porque los acuerdos de techo máximo se fijan para el tratamiento de una población de pacientes previamente definida. Asimismo, es conveniente prever la revisión del acuerdo en caso de que cuando esté vigente se aprueben nuevas indicaciones del medicamento concernido, así como controlar el uso off label (fuera de la indicación) que pueda darse al medicamento. Finalmente, parece también recomendable que el acuerdo tenga una duración corta, no sólo para mitigar los riesgos financieros sino también desde el punto de vista de la normativa sobre defensa de la competencia. En definitiva, a pesar de que los acuerdos-techo nacen en un contexto de contención del gasto farmacéutico, creemos que dicha fórmula obedece a un cambio de paradigma que perdurará una vez superada la crisis: el laboratorio ya no es un mero suministrador de medicamentos a un precio inmutable prefijado, sino que industria y Ministerio son socios estratégicos que comparten riesgos con el fin de conseguir objetivos económicos y sanitarios predeterminados.

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