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UE: un precio fijo de medicamentos sería discriminatorio en venta ‘on line’

Que un Gobierno fije un precio para los medicamentos que se venden a través de internet en su territorio podría vulnerar las normas de libre circulación de mercancías de la Unión Europea. Así lo ha interpretado, al menos, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Maciej Szpunar en sus conclusiones sobre la petición de decisión prejudicial planteado por el Tribunal Regional Superior de Düsseldorf (Alemania) a propósito de su modelo de precios vinc... Que un Gobierno fije un precio para los medicamentos que se venden a través de internet en su territorio podría vulnerar las normas de libre circulación de mercancías de la Unión Europea. Así lo ha interpretado, al menos, el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Maciej Szpunar en sus conclusiones sobre la petición de decisión prejudicial planteado por el Tribunal Regional Superior de Düsseldorf (Alemania) a propósito de su modelo de precios vinculantes para medicamentos éticos que se venden por internet. El caso se remonta a 2009, cuando la Asociación de Parkinson Alemana (DPV) acordó un sistema de descuentos para ciertos medicamentos con receta con las farmacias holandesas DocMorris, que enviarían estos tratamientos por correo a los pacientes. El caso fue denunciado por la Asociación Alemana de Lucha contra la Competencia Desleal (ZBW) que interpretó que este sistema de descuentos era contrario al precio uniforme que tenían que aplicar las farmacias alemanas. Sin embargo, como ya adelantó CF en su web, en sus consideraciones, que son orientativas, pero no vinculantes, Szpunar interpreta que el precio uniforme de los fármacos con receta establecido por Alemania interferiría en la normativa comunitaria (artículos 34 y 16 del Tratado sobre el Mercado Interior) porque privaría a las farmacias extranjeras de “una modalidad particularmente eficaz de comercialización”, como sería la posibilidad de competir en precio. José Fernández-Rañada, socio y responsable del sector farmacéutico del bufete Garrigues, recuerda que el Abogado General parte “de la primera sentencia DocMorris (ver recorte), que concluye que una vez que un Estado miembro ha decidido autorizar las ventas por correspondencia de medicamentos sujetos a receta médica, dicha medida debe analizarse para determinar su adecuación, coherencia y regularidad”. Es decir, dado que Alemania ha decidido permitir la venta on line de éticos, las reglas de juego que establezca deben ser acordes a las normas de libre competencia. Y como apunta Héctor Jausàs, socio responsable de Life Sciences de Jausas,”este precio deben aplicarlo tanto las farmacias de calle como las que venden por internet; con su lectura, el Abogado General entiende que supone una discriminación indirecta entre las farmacias alemanas y las de fuera”. POSIBLES REPERCUSIONES “La importancia del pronunciamiento es indudable, dada la tendencia del Tribunal de Justicia a respaldar las posiciones del Abogado General en una alta proporción de los casos”, señala Fernández-Rañada. Aunque la repercusión que este fallo podría tener en la normativa española podría ser limitado por una cuestión, matiza Jausàs, “que en España la venta on line de medicamentos de prescripción está prohibida”. Permitir la venta de éticos por internet debe dar garantías de competencia, dice el Abogado General “Si la tesis es que este precio impide el acceso efectivo al mercado alemán de las farmacias de fuera, el corolario sería que cuando éstas vendan por internet puedan aplicar un precio distinto, algo que actualmente en España no se puede aplicar para los medicamentos de prescripción”, señala. “En tanto en cuanto se mantenga la prohibición de venta de éticos por internet en España, el impacto de una eventual decisión del TJUE, en sentido de las conclusiones del Abogado General, parece limitado”, concluye Jausàs. Como recuerda Fernández-Rañada, éste es “el tercer pronunciamiento del Tribunal de Justicia relacionado con el acceso de la farmacéutica DocMorris al mercado alemán. La primera de ellas, la famosa sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas 2003/408, de 11 de diciembre de 2003, en el caso Deutscher Apothekerband contra DocMorris (ver información), marcó el camino de la regulación sobre la comercialización de medicamentos por medios telemáticos en los distintos estados miembros de la Unión Europea y claramente sirve de inspiración a la normativa vigente en España”. ¿Y en la venta de publicitarios por internet en España podría tener efecto? Sería relativo a juicio de Jausàs, “porque la legislación española permite a las oficinas de farmacia un cierto nivel de descuento en la venta al público de estos medicamentos (hasta el 10 por ciento) y esto, da margen para competir”.  

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