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Litigation clouding the rescue of Abengoa (in Spanish)

04/04/2016

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The article that follows is written in Spanish and it reviews the request of Abengoa to the Commercial Court number 2 of Seville, in charge of its pre-insolvency proceeding, appealing for another seven months to negotiate with its creditors: Tiempo muerto para Abengoa. Después de cuatro meses frenéticos negociando con los bancos y los fondos dueños de los bonos cotizados la viabilidad de su futuro y la elaboración de un plan de reestructuración, la empresa ha solicitado an... The article that follows is written in Spanish and it reviews the request of Abengoa to the Commercial Court number 2 of Seville, in charge of its pre-insolvency proceeding, appealing for another seven months to negotiate with its creditors: Tiempo muerto para Abengoa. Después de cuatro meses frenéticos negociando con los bancos y los fondos dueños de los bonos cotizados la viabilidad de su futuro y la elaboración de un plan de reestructuración, la empresa ha solicitado ante el Juzgado Mercantil número 2 de Sevilla, encargado de su preconcurso, otros siete meses para negociar con sus acreedores. El calendario marca, desde el 28 de noviembre de 2015 –fecha en la que la empresa solicitó el preconcurso–, la vida del grupo de ingeniería sevillano. Cuatro meses –en realidad tres, más uno para presentar la documentación necesaria– para negociar con los acreedores, y jornadas maratonianas para lograr a tiempo la luz verde de las entidades acreedoras a unas inyecciones que han permitido a la empresa pagar las nóminas de sus trabajadores y sus compromisos financieros más inmediatos. Pero el tiempo se ha ralentizado desde hace justo una semana. El magistrado Pedro Márquez Rubio tiene de plazo hasta el próximo lunes 11 de abril para otorgar o no la bula a Abengoa El grupo presidido por Antonio Fornieles ha pedido al magistrado que homologue el contrato de espera bajo la tutela de la Ley Concursal. Con él, logrará 11 meses en total para obtener la adhesión del 75% de sus acreedores al plan de reestructuración. ructuración. Traducido en román paladino, Abengoa no ha logrado a tiempo y en los plazos fijados por la Ley Concursal española la adhesión a su plan de reestructuración de todos los acreedores necesarios. Pero ha acudido ante el juez con los deberes muy adelantados y el apoyo de sus principales acreedores financieros, entre los que están Santander, CaixaBank, Bankia, Popular, Crédit Agricole y HSBC –integrantes del G6– y gigantes como BlackRock, la mayor gestora de fondos del mundo. bogados califican el preconcurso de Abengoa, y el de sus 44 filiales, de “peculiar”, pero ven la solicitud de la empresa como “factible”, dado que la legislación no establece un plazo determinado para la homologación del acuerdo. Pese a que en principio se marcan cuatro meses para negociar, no se fija una fecha para que el juez ratifique ese pacto. Lo que es de suponer con una gran probabilidad de acierto es que la excepcionalidad de la fórmula a la que ha recurrido Abengoa haya sido tratada de tú a tú con el juez. Y es que las fuentes jurídicas consultadas aseguran que no existen precedentes en España de una homologación de un acuerdo de refinanciación que en lugar de suponer una refinanciación real supone una ampliación del plazo de negociación. “La vía jurídica que ha propuesto Abengoa no se ajusta en su literalidad a la Ley Concursal, sin perjuicio de que supondría una interpretación amplia del espíritu de la norma con el objetivo de ganar tiempo y que el grupo pueda realizar una refinanciación sin necesidad de pasar por el concurso de acreedores”, señala Nacho Fernández Aguado, socio de concursal de CMS Albiñana & Suárez de Lezo. A la espera de la aceptación o no del magistrado, los abogados hacen cábalas con las distintas opciones. El sí del juez abriría la veda a una impugnación de cualquiera de los acreedores financieros de la empresa que no se han adherido al pacto y tendrían para ello 15 días. Algo que los despachos de abogados ya están estudiando y que, según apuntan, podría provocar una avalancha de recursos de los acreedores financieros que no se han sumado al rescate. Podrían aducir que los porcentajes alcanzados son insuficientes o se han obtenido de manera ilícita o que el acuerdo supone “un sacrificio desproporcionado” para las entidades financieras acreedoras que no lo han suscrito. El juez debe pronunciarse sobre esa desproporción en el sacrificio, puesto que esta valoración constituye uno de los dos únicos motivos por los que se puede impedir el acuerdo. Las impugnaciones se tramitan como incidente concursal y se puede convocar una vista con las partes de donde saldría una sentencia que es firme. Aquí se cerraría la puerta a que se puedan producir más reclamaciones. Mientras, una posible negativa a la homologación podría ser recurrida a través de un recurso de reposición por la propia compañía de ingeniería. “Una homologación del acuerdo del standstill abre la puerta a litigios de operadores internacionales”, asegura Agustín Bou, socio en el departamento de reestructuraciones e insolvencias de Jausas. Según el experto, debido a esa posibilidad, Abengoa habría solicitado ante la legislación estadounidense el chapter 15 para la matriz y 25 de sus filiales. Un mecanismo que obligaría a cualquier banco acreedor con sede o actividad en Estados Unidos a aceptar el procedimiento de la homologación del standstill durante siete meses. Más allá de EE UU, Abengoa, con alrededor de 700 filiales repartidas en más de 60 países, podría solicitar procedimientos similares a este ante los tribunales del resto de mercados en los que está presente en las próximas semanas. Algo que, según reconocen los expertos, podría ser complicado por las diferencias entre las legislaciones.

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