El 86% de las sentencias contra banco popular de 2019 fueron a favor del inversor | Fieldfisher
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El 86% de las sentencias contra banco popular de 2019 fueron a favor del inversor

Fieldfisher JAUSAS ha elaborado el primer “Observatorio de la jurisprudencia del Banco Popular” (descargar en pdf) en el que se analizan de forma estadística las sentencias dictadas por la Sala de lo Civil de las Audiencias Provinciales relacionadas con la suscripción de acciones y otros instrumentos financieros emitidos por el Banco Popular antes y después de la ampliación de capital de mayo de 2016. El Observatorio también destaca las sentencias más importantes.

En el año 2018 se dictaron únicamente 3 sentencias de Audiencia Provincial siendo las tres favorables al inversor.

Por contra, según el “Observatorio de la jurisprudencia del Banco Popular”, en 2019 se dictaron 142 sentencia de Audiencia Provincial de las que el 86% fueron total o parcialmente a favor del inversor.

En el 2019, de las sentencias que son a favor del inversor, el 73% se refieren a compras únicamente en el mercado primario, el 7% a compras en ambos mercados y el 20% a compras únicamente en el mercado secundario.

Por otro lado, en las sentencias referidas a compras total o parcialmente antes de la ampliación de capital de mayo de 2016, el 76% son total o parcialmente favorables al inversor y en las que se refieren a compras posteriores a la ampliación de capital, el 89% son total o parcialmente a favor del inversor.

El Observatorio publicado por Fieldfisher JAUSAS destaca que hay cinco sentencias favorables al inversor y referidas únicamente a compras antes de la ampliación de capital de mayo de 2016.

Según Jordi Ruiz de Villa, socio de litigación compleja y bancaria de Fieldfisher JAUSAS y autor del informe, “cada vez existen sentencias de mayor cuantía (la más relevante de 4,3 millones de euros) y una tendencia claramente favorable al inversor que permite augurar que nos encontramos ante un nuevo caso Bankia.”

El primer “Observatorio de la jurisprudencia del Banco Popular” concluye que existe un criterio unánime de los Tribunales de que las compras efectuadas en el mercado primario con ocasión de la ampliación de capital de mayo de 2016 son anuladas por error en el consentimiento.

En cambio, añade Ruiz de Villa, “respecto de las compras en el mercado secundario se distingue entre si fueron realizadas antes o después de la ampliación de capital. Si es después de la ampliación de capital la tendencia de la jurisprudencia es apreciar la acción de responsabilidad por falsedad del folleto (art. 38 del TRLMV), mientras que en las compras anteriores a 2016 se suele decretar la acción de responsabilidad por emitir información patrimonial defectuosa (art. 124 TRLMV).”

En el avance del año 2020 se analizan las 7 sentencias publicadas en el primer trimestre, todas ellas favorables al inversor y con compras antes y después de la ampliación de capital de mayo de 2016.

Finalmente, el Observatorio publicado por Fieldfisher JAUSAS recuerda la importancia de tener en cuenta los plazos de prescripción y caducidad de las acciones a ejercitar en este caso, aunque las mismos se hayan visto alterados por la suspensión establecida en el RD 463/2020 de 14 de marzo que decreta el Estado de Alarma con motivo del COVID-19.

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